Noticias de Competencia (Septiembre 2016)
Informe de la CNMC sobre el Proyecto de Real Decreto que desarrolla las DOP
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado un informe sobre el Proyecto de RD que desarrolla las Denominaciones de Origen (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), en el que constata su creciente importancia en número de productos protegidos y valor económico, reconociendo que, aunque el fundamento económico de la protección jurídica de las DOP e IGP es paliar asimetrías de información entre productores y consumidores, en relación con la calidad de los productos, el modelo de protección introducido por el Proyecto de RD puede restringir la competencia. En consecuencia, recomienda, entre otras: (i) justificar la necesidad y proporcionalidad de las restricciones de la competencia que se introducen; (ii) adoptar un proceso abierto, competitivo y transparente de acceso a la condición de organismo de control; (iii) eliminar la atribución en exclusiva del control oficial a una única entidad, el ENAC; y (iv) replantear la figura de los consejos reguladores y sus funciones, así como reforzar la mención expresa y completa de toda la normativa de defensa de la competencia aplicable.
CE: remedio estructural en caso de abuso
La Comisión Europea ha sancionado por abuso de posición dominante a la empresa Altstoff Recycling Austria (ABA) con una multa de seis millones de euros, y le obliga a desinvertir su participación en infraestructuras esenciales para el mercado en el que opera. En concreto, ABA, empresa líder en el mercado de gestión y tratamiento de residuos de envases domésticos, controlaba hasta ahora parte de la infraestructura de recogida de los mismos en Austria, a la que negaba el acceso a sus competidores. Esa infraestructura es esencial y no duplicable pues, sin acceso a los envases domésticos usados, nadie puede competir con ABA en el mercado de gestión y tratamiento (reciclado) de tales residuos. Se da la circunstancia de que fue la propia empresa quien propuso la desinversión de la infraestructura como remedio que asegure que el abuso no se repetirá en el futuro, y la Comisión Europea ha premiado su colaboración con una reducción del 30% en la multa impuesta, circunstancia poco común en casos de abuso de posición dominante.
La CE analiza e-commerce y geo-blocking
El 15 de septiembre la Comisión Europea publicó su informe preliminar relativo a la competencia en el sector del comercio electrónico en la UE. En él valora muy positivamente el impacto que ha tenido el e-commerce en Europa, pues ha contribuido a una mayor transparencia sobre los precios, a más competencia y a más opciones para los consumidores. La Comisión identifica también varias prácticas de los operadores a las que prestará especial atención por sus posibles efectos negativos, como restricciones a la libertad de precios en el canal online, las prohibiciones de vender por Internet, o la compartimentalización de mercados nacionales a través del geo-blocking, entre otras. Precisamente el geo-blocking está siendo objeto de una investigación de la Comisión a varios estudios de cine, en la que analiza algunas cláusulas incluidas en sus contratos con Sky y que restringen de manera absoluta que un usuario de un Estado miembro pueda acceder a contenidos online en otro Estado. Aunque el expediente sigue en curso, la Comisión lo ha archivado respecto de Paramount, una vez que este estudio se ha comprometido a no restringir el acceso transfronterizo a contenidos (permitirá ventas pasivas).
Holanda: no se presume responsabilidad civil de la matriz en casos de cártel
En Derecho de la competencia de la UE existe una presunción rebatible de que las empresas matrices que tienen una participación del 100% (o próxima al 100%) sobre una filial son responsables de los ilícitos de competencia que ésta comete. Sin embargo, esta presunción no es compatible con el derecho civil holandés, según una reciente sentencia de un tribunal de Utrecht. Según ésta, son los demandantes quienes tienen la carga de probar la responsabilidad y la participación efectiva de la matriz en las conductas por las que se reclaman daños y perjuicios. La sentencia es la primera en Holanda que aborda este tema y supone un precedente importante, porque Holanda se ha convertido en uno de los foros más atractivos para reclamaciones de daños por cárteles internacionales, y supone que los demandantes de daños por ilícitos de competencia no pueden basarse ya en una decisión de la autoridad que haya considerado responsable a la matriz por las infracciones de su filial, sino que deben probar responsabilidad de la matriz en las mismas.
Multas a cárteles del cemento y el hormigón
Las autoridades de competencia de España e India han adoptado sendas decisiones sancionando cárteles en los mercados del cemento y del hormigón. En concreto, la CNMC, tras considerar acreditados en ambos mercados de producto acuerdos de fijación de precios, reparto de mercado, e intercambios de información comercial sensible entre 23 empresas en España y durante 20 años, les ha impuesto multas por un importe total de 29 millones de euros. Por su parte, la autoridad india ha multado con 869 millones de euros a 11 empresas cementeras por acuerdos de precios y reparto de mercado. Se da la circunstancia de que se trata de la segunda decisión de la autoridad en este asunto, después de que un tribunal anulara la primera por vulnerar los derechos de las partes.
Multas por cláusulas de radio en Brasil
La autoridad de competencia brasileña (CADE) ha impuesto multas por un total de 4 millones de euros a varios centros comerciales situados en Porto Alegre por la imposición de cláusulas de radio en los contratos de arrendamiento. En concreto, éstas cláusulas impiden a quien alquile un local en el centro comercial ejercer la misma actividad en establecimientos situados a un radio de distancia determinado. La autoridad ha considerado que estas cláusulas tenían el efecto potencial de cerrar el mercado por un tiempo indeterminado, en un área equivalente a la totalidad de Porto Alegre.
Multas por gun-jumping en Latinoamérica
La autoridad de competencia brasileña ha impuesto una multa de alrededor de 400.000 euros a la empresa Shimano, fabricante japonés de piezas de bicicleta, por no notificar la creación de una joint venture para la distribución de sus productos. Además, ha obligado a la empresa a deshacer los efectos de la concentración, volviendo con sus distribuidores anteriores. Por otro lado, la autoridad de competencia de El Salvador ha impuesto su segunda multa por no notificar una concentración, al sancionar con 850.000 euros a Ingenio El Ángel SA por no notificar la adquisición de Ingenio La Magdalena SA. Ahora, además de abonar las sanciones, las empresas multadas tendrán que notificar las respectivas operaciones.
Multa a SPAR en Austria por fijación de precios
La autoridad de competencia austriaca ha acordado con SPAR el pago de 10 millones de euros como sanción por fijar los precios de reventa al público con distintos proveedores de productos alimenticios. En concreto, SPAR solicitaba a los proveedores que comunicaran al resto de cadenas los precios de reventa acordados, y que hicieran seguimiento de los mismos para verificar su cumplimiento. El acuerdo viene precedido de una sentencia de noviembre en la que se condenó a SPAR al pago de 30 millones de euros por participar en un cártel de "T" invertida o "hub & spoke" en relación con productos lácteos. SPAR habría desarrollado una estrategia por la que, cuando un proveedor le solicitaba un incremento del precio de compra mayorista de sus productos, solo lo aceptaba a condición de que los márgenes minoristas de SPAR se mantuviesen constantes, para lo cual el proveedor también tenía que asegurar que los precios de reventa de otros distribuidores se moviesen al alza a la vez y en igual proporción.
Colombia sanciona el cártel de los cuadernos
La autoridad colombiana dictó el pasado agosto una resolución sancionadora en relación con un cártel en el mercado de la fabricación y venta de cuadernos, en especial del segmento Premium, entre 2001 y 2014. De las tres empresas participantes, Kimberly-Clark y Scribe han evitado la multa en virtud del programa de clemencia, y Carvajal ha sido multada con 4,4 millones de euros. Además, la autoridad también ha sancionado a varias personas físicas implicadas con multas que superan los 90.000 euros en algún caso.
Cuento para promocionar la competencia
La autoridad mexicana de competencia (COFECE) ha publicado el cuento interactivo infantil, "Pan rico en Pueblo Nuevo", cuyo fin es fomentar la cultura de la competencia desde edades tempranas, destacando de manera sencilla sus beneficios. En concreto, el cuento relata cómo su protagonista y los habitantes de su pueblo se benefician de mejores precios y mejor pan gracias a la llegada de una nueva panadería. De esta forma, la COFECE pone al alcance de todos una herramienta que contribuye a formar a los futuros consumidores y operadores económicos mexicanos.
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